Background

1. CONTEXTO DE LA ORGANIZACIÓN

 

La entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembros, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.

 

Las seis áreas de prioridad son:

  • Expandir las voces, el liderazgo y la participación de las mujeres.
  • Eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas.
  • Fortalecer la implementación de la agenda de paz y de seguridad de las mujeres.
  • Aumentar la autonomía económica de las mujeres.
  • Hacer que las prioridades en materia de igualdad de género sean esenciales en los planes, presupuestos y estadísticas nacionales, locales y sectoriales.
  • Implementar normas, políticas y parámetros mundiales sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, sentando bases para la adopción de medidas por parte de los gobiernos y de otros interesados a todos los niveles.

 

Dos acuerdos internacionales forman la base de la labor de ONU MUJERES: la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, considerada como la Declaración fundamental de los Derechos de la Mujer; y, la Plataforma de Acción de Beijing, resultante de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en 1995. Son parte esencial del mandato, las resoluciones del Consejo de Seguridad, 1325 (2000) sobre la mujer, la paz y la seguridad, y 1820 (2008) sobre la violencia sexual en conflictos, también son referentes fundamentales para la labor de ONU MUJERES en apoyo a las mujeres en situaciones de conflicto y posteriores al conflicto. El espíritu de estos instrumentos quedó reafirmado en la Nueva Agenda de Desarrollo con la aprobación de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (Agenda 2030).

 

2. ANTECEDENTES

 

ONU MUJERES es la Entidad de las Naciones Unidas para la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres; entró en funciones en enero de 2011, siendo aprobada su creación en el seno de la Asamblea de las Naciones Unidas por unanimidad en julio de 2010. El rol de ONU Mujeres es apoyar a los Estados parte en el cumplimiento progresivo de los compromisos internacionales por ellos adoptados, en relación con el adelanto de las mujeres y la construcción de la igualdad de género.

 

En Ecuador, ONU Mujeres ha trabajado por el empoderamiento político y económico de las mujeres y la promoción de sus derechos específicos a través de varios programas nacionales y regionales, apoyando numerosas iniciativas vinculadas a la toma de decisiones, al acceso a medios de vida sostenibles, a la incorporación de la perspectiva de género en la normativa, a la política pública y los programas para el desarrollo, así como con el apoyo a iniciativas innovadoras de adaptación al Cambio Climático.

 

Como parte esencial de su mandato ONU Mujeres apoya a los Estados para que puedan cumplir en el menor tiempo posible con los compromisos adquiridos con los instrumentos internacionales de derechos humanos de las Naciones Unidas. Así mismo apoya a las organizaciones de la sociedad civil para contar con elementos para la exigibilidad de sus derechos.

 

El Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito, es un organismo colegiado de Derecho Público, integrado paritariamente por representantes del Estado, delegados de los organismos desconcentrados del gobierno nacional que tengan responsabilidad directa en la garantía, protección y defensa de los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria; delegados del MDMQ; delegados de los gobiernos parroquiales rurales y delegados de la sociedad civil. El Consejo de Protección de Derechos del DMQ tiene entre sus atribuciones la formulación, transversalización, observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas para la protección de derechos, articuladas a las políticas públicas de los Consejos Nacionales para la Igualdad.

 

De acuerdo con lo establecido por la Ordenanza Metropolitana 188, los Consejos Consultivos de Derechos son organismos de carácter consultivo, participativo, integrados por los titulares de derechos y/u organizaciones que los representen. Tienen como objetivos principales asesorar al Consejo de Protección de Derechos del DMQ, designar sus representantes, canalizar las problemáticas y necesidades de los grupos representados en los Consejos Consultivos de Derechos, asambleas u otros mecanismos de participación zonal y facilitar insumos y/o propuestas de políticas públicas para la igualdad y no discriminación.

 

Los Consejos Consultivos de Derechos que se han conformado corresponden a los siguientes grupos:

  • Niñez y Adolescencia
  • Jóvenes
  • Personas adultas mayores
  • Mujeres
  • Diversidades sexo – genéricas
  • Personas con discapacidad
  • Personas en situación de movilidad humana
  • Pueblo afroecuatoriano
  • Pueblos y nacionalidades indígenas
  • Animales y Naturaleza

 

Por otra parte, la “Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres” (LOIPEVM), entró en vigor en el año 2018. En ella, en el Capítulo VII sobre la PARTICIPACION Y CONTROL SOCIAL PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY se establece:

 

Art. 66.- Promoción de la participación y fortalecimiento organizacional. Para asegurar el cumplimiento de esta Ley, se promoverá la participación de las mujeres, organizaciones sociales, comunitarias y demás actores sociales en todos los niveles de gobierno y funciones encargados de la formulación de políticas públicas, en el marco de la presente Ley. Para ello, sin perjuicio de otras medidas que se adopten con este fin, se cumplirá con las siguientes:

 

a) Las dependencias encargadas de la promoción de la participación social en cada nivel de gobierno promoverán y fortalecerán la participación de las organizaciones de mujeres, sociales, comunitarias y de la sociedad civil, así como la creación de los comités nacionales y locales de usuarias de los servicios de atención a fin de observar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley.

b) Las redes, colectivos, movimientos, organizaciones de mujeres desarrollarán acciones de seguimiento, veeduría, control social u observancia a las actuaciones de los organismos que conforman el sistema previsto en esta Ley.

 

Debido a lo mencionado, el Consejo de Protección de Derechos de Quito y ONU Mujeres establecieron la necesidad de pilotear una metodología de trabajo para generar un Comité de Usuarias de la “Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres”, que promueva la participación y fortalecimiento organizacional de las mujeres, desde la sociedad civil, en el Distrito Metropolitano de Quito.

 

3. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA

 

Construir e implementar un Comité de Usuarias de los servicios de atención y protección establecidos en la LOIEPVCM, con la participación de mujeres miembros de los Consejos Consultivos de Derechos del DMQ y de redes de protección de derechos (mujeres y territoriales), para promover y fortalecer su participación y capacidades en el ámbito del seguimiento a la aplicación de la Ley, en el Distrito Metropolitano de Quito.

 

4. RESULTADO ESPERADO DE LA CONSULTORÍA

 

En esta consultoría se espera contar con una metodología para desarrollar los comités de usuarias de la LOIPEVCM en gobiernos locales. También se espera contar con un grupo de mujeres con sus capacidades fortalecidas para la realización del seguimiento a la implementación de la Ley. 

 

Duties and Responsibilities

5. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR/A

 

El Ecuador ha tenido una importante experiencia con los Comités de usuarias de la Ley de Maternidad Gratuita y Atención a la Infancia (1998) que tenían como funciones principales controlar y vigilar que todas las unidades públicas de salud cumplan en la práctica lo estipulado en la ley, así como en sistemas de registro de casos de violencia contra las mujeres promovidos por organizaciones de mujeres.

 

Dado que el tiempo de vigencia de la LOIPEVCM es corto, se requiere la generación de una serie de instrumentos e insumos para su implementación y vigilancia. Si bien la LOIPEVM establece el Sistema Nacional Integral para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres conformado por varias instituciones, lo que implicará un proceso de mayor complejidad para su seguimiento, la norma también plantea la creación de espacios de participación ciudadana que deben ser fortalecidos para que la información que se genere desde estos espacios, sea un insumo para la mejora o formulación de las políticas públicas.

 

Las mujeres que participarán de este proceso son miembros de los Consejos Consultivos de Derechos y de las redes de protección, garantizando una participación diversa de las mujeres, con quienes se validarán los productos desarrollados.

 

Para alcanzar los resultados de esta consultoría la persona contratada deberá:

 

  1. Analizar la LOIPELVC, su reglamento y otras normas, en el marco de los servicios de atención y protección que establecen; y, de los mecanismos de participación ciudadana para el seguimiento o vigilancia a su cumplimiento.  
  2. Recoger las buenas prácticas de otros procesos de seguimiento o vigilancia ciudadana del cumplimiento de normas y políticas públicas (como el comité de usuarias de la ley de Maternidad Gratuita) para retroalimentar esta propuesta.
  3. Revisión de metodologías de trabajo para la realización de planes comunitarios para la eliminación de la VCM como es el “ABC de un Plan Comunitario de Prevención de Violencia contra las Mujeres”.
  4. Desarrollar una metodología de conformación y gestión de un Comité de Usuarias que incluya contenidos para: (1) promover el liderazgo de las mujeres y (2) fortalecer su formación en enfoques y derechos para la activación de mecanismos de seguimiento y de exigibilidad de los servicios establecidos en la LOIPELVCM. Esta metodología deberá quedar plasmada en un manual para que posteriormente pueda ser usada por otros gobiernos locales.
  5. Estos contenidos deberán ser puestos en práctica con 50 mujeres de los Consejos Consultivos de Derechos que representen a grupos diversos. Las 50 mujeres tendrán representatividad territorial y organizativa. Esta implementación también servirá como una forma de validar y poner a prueba los contenidos, herramientas y metodologías de trabajo.
  6. Elaborar un informe de implementación del modelo que recoja los insumos, aportes y observaciones realizados por las mujeres participantes del proceso.

 

Dentro de la propuesta económica se debe considerar un rubro para transporte de las mujeres que participarán en las sesiones de trabajo de acuerdo con las sesiones que se considere oportuno. Adicionalmente se debe considerar un rubro de refrigerios o alimentación e insumos de oficina para su desarrollo.

 

El Consejo de Protección de derechos brindará el espacio y los equipos tecnológicos para las capacitaciones.

 

6. PRODUCTOS A ENTREGAR PARA EL ALCANCE DE LOS OBJETIVOS

 

El/La consultor/a deberá presentar para su aprobación, los siguientes productos, en los plazos especificados, en formato digital (una vez que esté aprobado) a ONU Mujeres:

 

Producto

Plazo de entrega

Producto 1

Plan de trabajo de la consultoría y cronograma, que considere metodología revisada para la generación del modelo de Comité de Usuarias de los servicios de atención establecidos en la LOIEPVCM

A las tres primeras semana de haber iniciado el contrato

Producto 2

Informe de implementación del modelo de Comité, que considere las fechas de las sesiones de trabajo, agendas, listas de participantes, comentarios de las mujeres capacitadas, entre otras

A las seis semanas siguientes

Producto 3

Documento metodológico (tipo manual) que permita, paso a paso, implementar el modelo de comité local de usuarias de los servicios de atención establecidos en la LOIEPVCM

A las dos semanas siguientes

 

El tiempo de duración de la presente consultoría es aproximadamente de 11 semanas.

 

7. FORMA DE PAGO

 

Los pagos se realizarán según el siguiente esquema de desembolsos con la entrega de los productos previamente aceptados en conformidad y validados por ONU Mujeres, en coordinación con el Consejo de Protección de Derechos del Distrito Metropolitano de Quito.

 

Pagos

Condición de pago

Porcentaje de desembolso

Primer pago

Producto 1

50%

Segundo pago

Producto 2 y 3

50%

 

8. SUPERVISIÓN DE LA CONSULTORÍA Y OTROS ASPECTOS LOGÍSTICOS

 

La supervisión del presente proceso está a cargo de la Oficina de ONU Mujeres en Ecuador, en particular de la AT de eliminación de la violencia contra las mujeres; en coordinación con el/la delegada o delegadas de la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Protección de Derechos de Quito.

 

Es responsabilidad del Consejo de Protección de Derechos de Quito:

 

  • Brindar todas las fuentes de información con la que cuenta el Consejo de Protección de Derechos sobre la temática, que considera útiles para este proceso.
  • Apoyo con la entrega de la base de datos de mujeres, que le permita a el/la consultor/a realizar las convocatorias respectivas.
  • Brindar los espacios y equipos tecnológicos para la realización de reuniones, capacitaciones, etc.

 

Es responsabilidad de ONU Mujeres:

 

  • Brindar todas las fuentes de información que considere útiles para este proceso
  • Acompañar técnicamente el proceso.

 

Competencies

9. COMPETENCIAS

 

Valores de la organización y principios rectores

 

Integridad:

  • Demostrar la consistencia en la defensa y promoción de los valores de ONU Mujeres en acciones y decisiones, de acuerdo con el Código de Conducta de las Naciones Unidas.

 

Profesionalismo:

  • Demostrar competencia profesional y experiencia en el conocimiento de sus áreas sustantivas de trabajo.

 

Sensibilidad cultural y diversidad de valores:

  • Demostrar reconocimiento de la naturaleza multicultural de la organización y la diversidad de su personal;
  • Demuestra perspectiva internacional, aprecio por la diferencia en valores y aprendizaje de la diversidad cultural.

 

Competencias de la Organización:

Ética y valores:

  • Demostrar y salvaguardar la ética e integridad.

 

Conocimiento organizacional:

  • Asumir el auto desarrollo y toma de iniciativas.

 

Trabajo en equipo:

  • Demostrar habilidad para trabajar en un ambiente multicultural, multiétnico, y mantiene relaciones eficaces con personas de diferentes nacionalidades y antecedentes culturales.

 

Comunica y comparte información:

  • Facilitar y fomentar una comunicación abierta y esforzarse por tener una comunicación eficaz.

 

Autogestión e inteligencia emocional:

  • Mantenerse tranquilo y positivo aún en momentos difíciles, manejar situaciones tensas con diplomacia y tacto, y tener un comportamiento consistente hacia los demás.

 

Manejo de conflictos:

  • Asumir los conflictos y abordarlos proactivamente reconociendo las diferentes sensibilidades y puntos de vista y dirigiendo la energía hacia soluciones aceptables de mutuo acuerdo.

 

Aprendizaje continuo y conocimiento compartido:

  • Fomentar el aprendizaje y compartir el conocimiento.

 

Toma de decisión adecuada y transparente:

  • Demostrar la toma de decisión con conocimiento y transparencia.  

 

10. DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD

 

El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por ONU Mujeres al consultor/a para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente contrato deberá permanecer con ONU Mujeres y dicho equipamiento deberá devolverse a ONU Mujeres al finalizar el presente contrato o cuando ya no sea necesario para la persona consultora.  Dicho equipamiento, al momento de devolverlo a ONU Mujeres, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al consultor/a, sujeto al deterioro normal.  La persona consultora será responsable de compensar a ONU Mujeres por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo.

 

ONU Mujeres tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derecho de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que la persona consultora haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución de la presente consultoría, y la persona consultora reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación de ONU Mujeres.  Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad de la persona consultora/contratista: i) que existían previamente al desempeño de la persona consultora de sus obligaciones en virtud del presente contrato, o ii) que la persona consultora/ contratista pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente contrato, ONU Mujeres no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y la persona consultora/ contratista concederá a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente contrato.

 

A solicitud de ONU Mujeres, la persona consultora/contratista deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos a ONU Mujeres, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente contrato.

 

Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y todo información compilada o recibida por la persona consultora en virtud del presente contrato será de propiedad de ONU Mujeres y deberá encontrase a disposición de ONU Mujeres para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a personal autorizados de ONU Mujeres al concluir los trabajos previstos en virtud del presente contrato.

 

Required Skills and Experience

11. CALIFICACIONES PARA LA CONTRATACIÓN

 

Para este proceso se requieren los servicios de un/a consultor/a con experiencia en:

  • Título de tercer nivel en ciencias sociales o afines.
  • Experiencia de 3 años en procesos de observatorios, procesos de vigilancia de legislación y políticas públicas de derechos de las mujeres.
  • Experiencia de 3 años en la generación de metodologías capacitación en derechos de las mujeres.
  • Experiencia de al menos 4 años en el fortalecimiento de capacidades de mujeres en sus derechos.
  • Experiencia de al menos 3 años en procesos sobre el derecho a una vida libre de violencia contra las mujeres.

 

12. CONTRIBUCIONES PREVIAS DE LA CONSULTORIA

 

La/el consultor/a debe presentar una propuesta técnica sobre el desarrollo de la consultoría, que contenga:

 

1. Un marco conceptual resumido (máximo 1 hoja) que muestre la línea de pensamiento que sustenta su propuesta con referencias bibliográficas de autoras/es

2. Detalle de las actividades que realizará para elaborar los productos señalados en la consultoría considerando además las responsabilidades a su cargo y los plazos establecidos.

3. Descripción de la metodología a utilizar (máximo 2 hojas).

4. Cronograma por actividades

 

Y una propuesta económica en la cual se detalle el valor de la totalidad de servicios de consultoría en dólares de los Estados Unidos.

 

En la parte final de estas propuestas asegurarse que cuente con la siguiente información:

Nombre: [indicar nombre completo de la persona que firma la propuesta]

Firma:

Fecha: [Indicar fecha de firma de la propuesta]

 

Favor considerar que tanto la propuesta técnica como la propuesta económica deben contener la firma del proponente, en caso de que las propuestas no estén firmadas no serán consideradas.

 

13. ADJUDICACION  

 

Se seleccionará al oferente que obtenga la mayor puntuación, considerando la siguiente ponderación para determinar el puntaje combinado, técnico-económico: 

 

Calificación de CV=          30% 

Propuesta técnica=          40% 

Propuesta económica=    30%      

 

14. REQUISITOS PARA PARTICIPAR 

 

Los/as interesados/as) deben realizar su aplicación a más tardar el 8 de septiembre de 2019.  La aplicación consiste en dos pasos: 

 

Primer paso:  Aplicación en línea, a través del sistema (UNDP Jobs) se debe subir el formulario P-11 completo y firmado y, en caso de ser extranjero, copia de visa de trabajo en Ecuador vigente durante el período de contratación (en un solo archivo).  En caso de no estar firmado este formulario, la aplicación no será considerada. 

 

Segundo paso:  enviar en archivos separados la propuesta técnica y la propuesta económica, debidamente firmados, al correo electrónico:  adquisiciones.ecuador@unwomen.org, haciendo referencia al presente proceso de selección.  En caso de no estar firmados alguno de estos dos documentos, la aplicación no será considerada. 

 

El formulario P-11 puede ser encontrado en los siguientes links: 

http://www.unwomen.org/en/about-us/employment  

 

Es importante tener en cuenta que el sistema no permite subir más de un documento, por lo tanto, los archivos conteniendo las propuestas técnica y económica deben enviarse al correo electrónico ya mencionado.