Background

ONU Mujeres, basada en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para la eliminación de la discriminación contra las mujeres y las niñas; el empoderamiento de la mujer; y el logro de la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, los derechos humanos, la acción humanitaria y la paz y la seguridad.

La entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.

Las seis áreas de prioridad son:

  • Expandir las voces, el liderazgo y la participación de las mujeres.
  • Eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas.
  • Fortalecer la implementación de la agenda de paz y de seguridad de las mujeres.
  • Aumentar la autonomía económica de las mujeres.
  • Hacer que las prioridades en materia de igualdad de género sean esenciales en los planes, presupuestos y estadísticas nacionales, locales y sectoriales.
  • Implementar normas, políticas y parámetros mundiales sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, sentando bases para la adopción de medidas por parte de los gobiernos y de otros interesados a todos los niveles.

Dos acuerdos internacionales forman la base de la labor de ONU MUJERES: la Plataforma de Acción de Beijing, resultante de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en 1995, y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, considerada como la Declaración fundamental de los Derechos de la Mujer. El espíritu de estos acuerdos quedó reafirmado en la Declaración del Milenio y en los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio establecidos para el 2015. Las resoluciones del Consejo de Seguridad, 1325 (2000) sobre la mujer, la paz y la seguridad, y 1820 (2008) sobre la violencia sexual en conflictos, también son referentes fundamentales para la labor de ONU MUJERES en apoyo a las mujeres en situaciones de conflicto y posteriores al conflicto.

La violencia contra las mujeres y las niñas en Honduras, especialmente la violencia sexual que ocurre en los espacios públicos, es una forma creciente y preocupante de discriminación por motivos de sexo y una violación de sus derechos humanos. En su origen se encuentra el desequilibrio de poder y la desigualdad estructural entre hombres y mujeres, que conducen a la dominación y discriminación de estas últimas.

Con respecto a la violencia que se manifiesta en muertes violentas, femicidios y homicidios, en 2013 Honduras se ubicaba a la cabeza de la lista de países con mayores tasas de homicidios a nivel mundial. A partir de ese año, la tasa de homicidios ha venido bajando de manera constante, aunque persisten los niveles alarmantes. En 2015, la tasa de homicidios fue de 60 por cada cien mil habitantes, es decir, se registraron en este año 14 víctimas al día. Cortés y Francisco Morazán son los departamentos en donde se concentran casi la mitad de estos crímenes (48,2%) y sus cabeceras municipales, el Distrito Central y San Pedro Sula, son las de mayor violencia homicida (32,9%) Los móviles fueron principalmente las riñas interpersonales (20,8%), los ajustes de cuentas (13,4%), el robo o la tentativa de robo (5,3%), hechos relacionados con maras/barras bravas (5,0%). 

Si bien la gran mayoría de las víctimas de muertes violentas son hombres, se evidencia que el nivel de femicidios en Honduras es uno de los más altos en todo el planeta. Se registraron 4,491 muertes violentas de mujeres y femicidios de 2005 a 2015. La tendencia fue ascendente en el período comprendido desde al año 2005 hasta el año 2013, en donde se incrementaron en un 263,4% y en cuyo último año se alcanzó un pico de 636. Luego de este año inició una paulatina tendencia a la baja hasta llegar a 478 en 2015 (para datos exactos sobre el número de muertes violentas de mujeres y femicidios por año, ver tabla 1), lo que corresponde a una tasa de 10.9 muertes violentas de mujeres y femicidios por cada 100,000 habitantes. Según la información del Observatorio de la Violencia de la UNAH, la mayoría de las víctimas se ubican entre los 15 y los 34 años, concentrándose en el grupo etario de 20 a 30 años. En 2015 por ejemplo, las tasas más altas de muertes violentas de mujeres y femicidios por cada cien mil habitantes se encuentran en los grupos etarios de 20 a 24 años, con una tasa de 18,3; de 25 a 29 años, 16,5; de 30 a 34, 22,1. Según los datos disponibles de años anteriores, la mayoría de ellas tenían como profesión u oficio el de ama de casas. Las armas de fuego son las de mayor uso para cometer este tipo de crímenes, que ocurren esencialmente en las áreas urbanas. Los municipios en donde se registran los mayores niveles de muertes violentas de mujeres y femicidios a lo largo del tiempo son, San Pedro Sula y el Distrito Central, que en 2015 fueron de 89 y 113 respectivamente.

El marco legal y de políticas para el abordaje de la violencia hacia las mujeres y especialmente la violencia sexual, ha presentado importantes desarrollos, sobre todo a partir de la década de los 90. 

Se ha hecho un esfuerzo por adaptar la legislación local a los instrumentos internacionales como la CEDAW y la Convención Belem do Pará. Hitos importantes en esta consolidación del marco normativo los representan la Ley contra la Violencia Doméstica (1997), sus reformas (2005, 2013) y su protocolo de aplicación; las reformas del Código Penal con miras a tipificar la violencia intrafamiliar (1996), aumentar la penalización a los delitos sexuales y tipificar tipos de violencia que afectan de manera desproporcionada o exclusiva a las mujeres como el tráfico y la trata de personas, la explotación sexual comercial, el femicidio; la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (2000), el Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades (2000-2007), el Primer y Segundo Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres (2006-2010 y 2014-2022, respectivamente), el I y II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras (I PIEGH  y II PIEGH 2010-2022, respectivamente), con ejes específicos para el abordaje de la violencia hacia las mujeres, el Plan Estratégico de la CICESCT 2010-2022, Política de Reducción Acelerada de la Mortalidad Materna y de la Niñez Neonatal (2007), actualización de la Estrategia Metodológica de Planificación Familiar (2008), actualización de las Normas de Planificación Familiar, Climaterio, Menopausia e Infertilidad (2010), Estrategia de Servicios Amigables para Adolescentes (2009), Plan de Prevención de Embarazos en Adolescentes 2012-2016 (2011), III Plan Nacional Estratégico de Respuesta al VIH/SIDA2008-2012 (2007), Guía para el Manejo Sindrómico de las Infecciones de Transmisión Sexual (2011).

Con la ley, se ha generado también una institucionalidad responsable de proteger y promover los derechos humanos de las mujeres, en particular el derecho a una vida libre de violencia: la creación del Instituto Nacional de la Mujer (INAM), de Oficinas Municipales de la Mujer en cada municipio, las Consejerías de Familia (1993), los Juzgados Especiales sobre Violencia Doméstica en SPS y el Distrito Central, unidades de género en diferentes instituciones, Comisión de Género en el Congreso, Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y la Trata de Personas (CICESCT), modelos de atención integral como el MAIE y el Centro de Atención y Protección a los Derechos de las Mujeres (CAPRODEM) o Ciudad Mujer que consiste en centros integrados de servicios especializados para las mujeres hondureñas para garantizar su atención oportuna, en un ambiente de confiabilidad y calidad, y que surge como parte esencial de la Alianza Estratégica para la Prosperidad y ambiciona englobar los dos primeros, la Fiscalía Especial de la Mujer y la Unidad de Investigación de Muertes Violentas de Mujeres y Femicidios del Ministerio Público, de reciente creación.

En todo caso, cabe mencionar en este apartado que a pesar de estos valiosos esfuerzos, la violencia contra las mujeres, especialmente la violencia sexual, es creciente en el país, como se explicó anteriormente; son insuficientes las asignaciones de recursos para financiar la aplicación de la ley así como los mecanismos, los planes y programas destinados a su erradicación, el nivel de sensibilización y capacidades técnicas de funcionarios/as responsables de su abordaje presenta falencias, la infraestructura, el equipamiento y la logística, la presencia territorial de muchos de los servicios destinados a la prevención, atención, investigación y sanción (ej. Fiscalía Especial de la mujer cuenta con una sede física únicamente en el Distrito Central, SPS y La Ceiba; los juzgados especiales sobre violencia doméstica en los dos primeros municipios; CAPRODEM en el Distrito Central; MAIE en La Ceiba, SPS, Distrito Central).

Se observan incluso algunos retrocesos como el cierre de la línea de 114 que en su momento tenía el objetivo de recibir denuncias específicas de casos de violencia contra las mujeres, en su lugar fue instalada la línea 911 que cubre todos los delitos y formas de violencia. También se registró la supresión de la Unidad de Investigación de Delitos contra la Mujer del Ministerio Público. 

La impunidad sigue siendo un obstáculo que impide que a las mujeres y las niñas se les garantice su derecho de verdad, justicia, reparación y no repetición; según el informe presentado por organizaciones de mujeres y feministas en el marco de la visita a Honduras de la relatora especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, existe un 94,5% de impunidad frente a los delitos sexuales  y, según el comunicado de la sociedad civil frente al último informe del país de la CEDAW en los últimos tres años la impunidad con respecto a los femicidios es de 90% . Todo esto va en contravía de los derechos de las víctimas/ sobrevivientes y mujeres en riesgo de sufrir violencia.

En el 2014 se reforma por adición el código penal en Honduras y se introduce la figura de femicidio bajo el artículo 118-A: “Incurre en el delito de femicidio, el o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer y se castigará con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de reclusión, cuando concurran una o varias de las circunstancias siguientes:

1) Cuando el sujeto activo del delito mantenga o haya mantenido con la victima una relación de pareja, ya sea matrimonial, de hecho, unión libre o cualquier otra relación afín en la que medie, haya mediado o no cohabitación, incluyendo aquellas en las que se sostiene o se haya sostenido una relación sentimental;

2) Cuando el delito esté precedido de actos de violencia doméstica intrafamiliar, exista o no antecedente de denuncia;

3) Cuando el delito este precedido de una situación de violencia sexual, acoso, hostigamiento o persecución de cualquier naturaleza; y,

4) Cuando el delito se comete con ensañamiento o cuando se hayan infligido lesionados infamante, degradante o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida”.

Adicionalmente, en julio de 2016 se aprobó en el Congreso Nacional el decreto mediante el cual se crea la “Unidad de Investigación de Muerte Violenta de Mujeres y Femicidios”, adscrita al Ministerio Público. En el decreto se establece que la Unidad de Muertes Violentas de Mujeres y los Femicidios dependerá de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC), y que deberá rendir ante la Comisión Legislativa de Equidad de Género y a la Comisión Interinstitucional y Seguimiento de las Investigaciones de Muertes Violentas de Mujeres y los Femicidios, un informe sobre el desempeño y avance en sus competencias.

A la nueva unidad de la ATIC, corresponderá la investigación de los delitos señalados en el artículo 118-A del Código Penal y de las infracciones contra las mujeres señalados en el artículo 18-4 incisos 1, 2 y 3 del Código Procesal Penal.

En el mismo decreto, se establece que la Comisión Interinstitucional y Seguimiento de las Investigaciones de Muertes Violentas de Mujeres y los Femicidios, estará integrada por el Ministerio Público a través de la ATIC y la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida (FEDCV), el Congreso Nacional a través de las Comisiones de Equidad de Género y de Seguridad, Secretaría de Seguridad, Poder Judicial, Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, Instituto Nacional de la Mujer (INAM), Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) y tres representantes de organizaciones de mujeres que trabajan en la prevención de la muerte contra mujeres.

Por otro lado, a nivel de la región latinoamericana la Oficina Regional para América Central del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Oficina Regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe trabajaron bajo un proceso participativo y consultivo en un Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio).

El Modelo de Protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidios/feminicidios) es una herramienta didáctica que se enmarca en la Campaña del Secretario General: ÚNETE para poner fin a la violencia contra las mujeres. El mismo responde a las necesidades y realidades de los países de la región y tiene por objetivo apoyar a las instituciones pertinentes con un instrumento práctico para abordar la investigación de las muertes violentas de las mujeres desde una perspectiva de género. El Protocolo tiene un enfoque multidisciplinario y refleja un esfuerzo didáctico para que las investigaciones y las persecuciones penales integren los factores individuales, institucionales y estructurales como elementos esenciales para entender de manera adecuada el crimen y brindar una respuesta apropiada.

El Modelo de Protocolo se basa en las normas y los estándares internacionales y regionales en materia de derechos humanos. Responde al llamado realizado por la Asamblea General de las Naciones Unidas de fortalecer la respuesta de los sistemas penales y adoptar medidas destinadas a apoyar la capacidad de los Estados para investigar, perseguir y sancionar las muertes violentas de mujeres por razones de género.

La relevancia del Modelo de Protocolo reposa en el hecho de que su finalidad es práctica, que su contenido responde a una demanda manifiesta de las instituciones nacionales, y que su proceso de elaboración fue participativo e involucró profesionales de los sistemas de justicia de toda América Latina.

Por parte de Honduras, una de las personas que participaron en el proceso de construcción del protocolo fue la fiscal Ingrid Figueroa, quién hoy en día es la Directora de la Unidad investigativa de muertes violentas de mujeres y femicidios.

 

 

 

 

 

Duties and Responsibilities

Objetivo de la Consultoría

Desarrollar un proceso de capacitación al Ministerio Público de Honduras sobre el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio).

Responsabilidades de el/la Consultor/a

En estrecha coordinación con la oficina de programas y proyectos de ONU Mujeres en Honduras y la Oficina Regional de ONU Mujeres en Panamá tendrá que realizar las siguientes actividades:

  • Desarrollar los contenidos y metodología para la capacitación a Fiscales y equipo técnico del MP en Honduras sobre la investigación del delito de femicidio con base en el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio).
  • Desarrollar una presentación en Power Point dinámica, clara y adaptada a la realidad nacional que plantee la necesidad de encontrar los puntos clave de adaptación del protocolo latinoamericano a la realidad nacional.
  • Desarrollar un taller de capacitación de dos días en Tegucigalpa, Honduras dirigido a Fiscales y equipo técnico del MP.
  • Elaborar un informe de la capacitación que incluya una pre y post evaluación de conocimientos realizada a fiscales y equipo técnico donde se pueda evidenciar las capacidades adquiridas. Así mismo, deberá contener fotografías, recomendaciones frente a futuros procesos de fortalecimiento de capacidades y sobre la adaptación del protocolo a la realidad hondureña, es decir, a los manuales existentes, el margen de la ley nacional, etc.

Productos a entregar para el alcance de los Objetivos

Productos Entregables

Producto 1:

Documento que contenga los contenidos y metodología, los formularios de evaluación pre y post y la presentación en power point para la capacitación a Fiscales y el equipo técnico del MP en Honduras con base en el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio) y la realidad nacional.

Producto 2:

Informe de la capacitación realizada que incluya una pre y post evaluación de conocimientos realizada a fiscales y equipo técnico donde se pueda evidenciar las capacidades adquiridas, fotografías y recomendaciones frente a futuros procesos de fortalecimiento de capacidades y a la adaptación del protocolo a la realidad de Honduras.

Derechos intelectuales, patentes y otros derechos de propiedad

El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por ONU Mujeres al consultor/a para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente contrato deberá permanecer con ONU Mujeres y dicho equipamiento deberá devolverse a ONU Mujeres al finalizar el presente contrato o cuando ya no sea necesario para la persona consultora.  Dicho equipamiento, al momento de devolverlo a ONU Mujeres, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al consultor/a, sujeto al deterioro normal.  La persona consultora será responsable de compensar a ONU Mujeres por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo.

ONU Mujeres tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derecho de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que la persona consultora haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución de la presente consultoría, y la persona consultora reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación de ONU Mujeres.  Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad de la persona consultora/contratista: i) que existían previamente al desempeño de la persona consultora de sus obligaciones en virtud del presente contrato, o ii) que la persona consultora/ contratista pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente contrato, ONU Mujeres no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y la persona consultora/ contratista concederá a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente contrato.

A solicitud de ONU Mujeres, la persona consultora/contratista deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos a ONU Mujeres, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente contrato.

Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y todo información compilada o recibida por la persona consultora en virtud del presente contrato será de propiedad de ONU Mujeres y deberá encontrase a disposición de ONU Mujeres para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a personal autorizados de ONU Mujeres al concluir los trabajos previstos en virtud del presente contrato.

Forma de Pago

Los pagos se realizarán según el siguiente esquema de desembolsos en la moneda de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, y serán desembolsados en un periodo máximo de 10 días hábiles tras la entrega de los productos, previamente validados por ONU Mujeres. 

Producto:

Producto 1

Plazo:

7 días después de firmar el contrato.

Pago:

30%

Producto:

Producto 2

Plazo:

21 días después de firmar el contrato.

Pago:

70%

Supervision de la Consultoria y otros Aspectos Logisticos

La supervisión del desarrollo de la consultoría será realizada por la oficina de programas y proyectos de ONU Mujeres en Honduras y por la coordinación de la Oficina Regional.

Para el buen desarrollo de la consultoría ONU Mujeres presentara a el/la Consultor/a los insumos relevantes necesarios y toda la información que facilite y enriquezca la elaboración del informe.

La presentación de informes, deberá sujetarse a las especificaciones y requerimientos establecidos en los presentes términos de referencia, sin admisión alguna de prórrogas.

La consultoría se desarrollará sobre la base de suma alzada y contempla todos los costos asociados.

 

 

Competencies

Valores de la Organizacion / Principios Rectores:

Integridad:

  • Demostrar la consistencia en la defensa y promoción de los valores de ONU Mujeres en acciones y decisiones, de acuerdo con el Código de Conducta de las Naciones Unidas.

Profesionalismo:

  • Demostrar competencia profesional y experiencia en el conocimiento de sus áreas sustantivas de trabajo.

Sensibilidad cultural y diversidad de valores:

  • Demostrar reconocimiento de la naturaleza multicultural de la organización y la diversidad de su personal;
  • Demuestra perspectiva internacional, aprecio por la diferencia en valores y aprendizaje de la diversidad cultural.

Competencias de la Organizacion:

Ética y valores:

  • Demostrar y salvaguardad la ética e integridad.

Conocimiento organizacional:

  • Asumir el auto desarrollo y toma de iniciativas.

Trabajo en equipo:

  • Demostrar habilidad para trabajar en un ambiente multicultural, multiétnico, y mantiene relaciones eficaces con personas de diferentes nacionalidades y antecedentes culturales.

Comunica y comparte información:

  • Facilitar y fomentar una comunicación abierta y esforzarse por tener una comunicación eficaz.

Autogestión e inteligencia emocional:

  • Mantenerse tranquilo y positivo aún en momentos difíciles, manejar situaciones tensas con diplomacia y tacto, y tener un comportamiento consistente hacia los demás.

Manejo de conflictos:

  • Asumir los conflictos y abordarlos proactivamente reconociendo las diferentes sensibilidades y puntos de vista y dirigiendo la energía hacia soluciones aceptables de mutuo acuerdo.

Aprendizaje continuo y conocimiento compartido:

  • Fomentar el aprendizaje y compartir el conocimiento.

Toma de decisión adecuada y transparente:

  • Demostrar la toma de decisión con conocimiento y transparencia.  

Required Skills and Experience

Experiencia Académica

  • Educación universitaria del ámbito de las ciencias jurídicas.
  • Formación de postgrado en violencia de género contra las mujeres.

Experiencia Profesional

  • Experiencia profesional de al menos 8 años en temas de derecho penal, peritajes en temas de violencia contra las mujeres y derechos de las mujeres.
  • Conocimientos y experiencia demostrable en fortalecimiento de capacidades a operadores de justicia.
  • Conocimiento del protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio).
  • Disponibilidad para desplazarse a Honduras.
  • Conocimiento de la realidad hondureña.

Requisitos de selección

Sólo será contratado el (la) consultor (a) que presente las evidencias materiales de pleno cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en los Términos de Referencia.

Remuneración

El (a) candidato (a) propondrá valores por producto y global en moneda local por los servicios, como se indica en la notificación.

 

Los (as) interesados (as) deben llenar su aplicación en línea  a más tardar el 1 de noviembre de 2016.  La aplicación consiste en el formulario P11 completado y firmado, el CV actualizado, copia de diploma que evidencie el cumplimiento del criterio de Formacion Academica.  Todos estos documentos en un solo archivo para ingresar en la plataforma.  El formulario P11 lo puede encontrar en el siguiente link:  http://www.unwomen.org/en/about-us/employment