Background

Antecedentes

 El 13 de marzo, el Gobierno de Uruguay declaró el estado de emergencia al anunciar los primeros casos de COVID-19 en el país. A pesar de que no se estableció el encierro obligatorio, todas las actividades relacionadas con la interacción social se detuvieron durante más de dos meses y se impusieron medidas sanitarias estrictas (todavía vigentes), lo que resultó en una importante desaceleración económica. La propagación del virus en el territorio uruguayo se ha mantenido bajo control (con un número relativamente bajo de infecciones). No obstante, la desaceleración económica y las medidas implementadas para enfrentar la pandemia han tenido impactos desiguales en diferentes grupos y territorios. El Covid-19 y sus impactos socioeconómicos han tenido un efecto adverso diferenciado en las personas con discapacidad (PCD).

En el marco del grupo UNETE, que fue especialmente activo durante los primeros meses de la pandemia en seguida de la declaración de la emergencia sanitaria, la OCR y ACNUDH lideraron una serie de consultas a grupos vulnerables, dentro de los cuales se encuentran las personas con discapacidad), que permitieron identificar áreas clave de preocupación para esta población:

 - Acceso a la información: necesidad de una comunicación inclusiva de las medidas de prevención, así como las políticas de respuesta y recuperación (local y nacional).

- Mayor riesgo para las personas en situación de dependencia durante el encierro (no hay planes de contingencia y protocolos para las personas con discapacidad y la infección de los cuidadores).

- Dificultades para aquellos PCD con posibilidad de teletrabajo porque las plataformas y los programas utilizados por las empresas / instituciones públicas no siempre son accesibles.

- Los ingresos y los medios de vida de las personas con discapacidad se vieron amenazados debido a su sobrerrepresentación en el sector informal y como trabajadores independientes, y también estuvieron entre los primeros afectados por mis medidas (recortes salariales, vacaciones no pagadas, despidos) adoptadas por las empresas para minimizar el impacto de la pandemia.

- Las plataformas de educación en línea no siempre son accesibles para las personas con discapacidad.

- Las medidas de aislamiento social agravaron exponencialmente la amenaza de violencia doméstica, siendo las mujeres y niñas con discapacidad las que corren el mayor riesgo.

En consecuencia, el UNPRPD, basándose en el trabajo previo realizado en el marco del proyecto “El derecho a la igualdad y la no discriminación para las personas con discapacidad" (implementado por el UNFPA, la OMS y ONU Mujeres desde 2018 y actualmente en su etapa final) otorga fondos adicionales para apoyar iniciativas relacionadas con los derechos de las personas con discapacidad en el Contexto COVID-19.

Justificación

Las personas con discapacidad representan un enorme y oculto talento humano, aún no reconocido[1]. Con frecuencia, las personas con discapacidad están excluidas del empleo, así como de la participación en sus comunidades y en la sociedad, en general debido a factores como la falta de acceso a los edificios, los espacios públicos y los medios de transporte público. Si una persona no puede desplazarse hasta el trabajo y desde el mismo, o no puede acceder al lugar de trabajo, entonces no puede obtener un empleo remunerado o permanecer en él. El principio de accesibilidad se aplica igualmente a todas las categorías de trabajadores con discapacidad: los que tienen un empleo protegido, los que tienen un empleo formal o informal y los que son empresarios autónomos.

El objetivo de promover el empleo y el trabajo decente para las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que los demás trabajadores, es fundamental junto con sensibilizar acerca de las competencias de las personas con discapacidad y abordar y erradicar las ideas preconcebidas y las actitudes negativas en todos los ámbitos de la vida, entre ellos el empleo y la ocupación. Por este motivo, el párrafo 16 de la Recomendación núm. 168 de OIT insta a que se adopten medidas de información pública a fin de superar los prejuicios, la información defectuosa y las actitudes desfavorables para el empleo, la integración y la reintegración de personas con discapacidad en la sociedad.

Para lograr que las personas con discapacidad puedan acceder a trabajos decentes, es necesario conocer cuáles son las barreras de inclusión sociolaboral, desde la perspectiva de las organizaciones de personas con discapacidad y de las organizaciones de empleadores y trabajadores en el Uruguay.

En el marco de la crisis económica generada por la COVID-19, este estudio resulta aún más relevante, para no dejar a nadie atrás y lograr una recuperación económica más inclusiva.

 

[1][1] Más de mil millones de personas a lo largo del mundo tienen discapacidad, según el estudio preparado por el World Report and Disability (2011). Alrededor de unos 785 a 975 millones de personas con discapacidad tienen entre 15 o más años.

Duties and Responsibilities

Objetivo general

Realizar un estudio que identifique las barreras que existen actualmente para la inclusión sociolaboral de las personas con discapacidad, con base en las normas, reglamentaciones e investigaciones existentes e incorpore la perspectiva de las organizaciones de personas con discapacidad y de las organizaciones de empleadores y trabajadores en el Uruguay y realice recomendaciones para su progresiva eliminación.

 Objetivos específicos

1. Analizar la normativa y sistematizar las investigaciones realizadas en Uruguay sobre la inclusión laboral de las personas con discapacidad.

2. Conocer la perspectiva de las organizaciones de personas con discapacidad, a través de entrevistas, respecto de las barreras y oportunidades para su inclusión en el mundo laboral.

3. Realizar entrevistas a las organizaciones de trabajadores y empleadores en esta materia.

4. Incorporar en el informe recomendaciones para la progresiva eliminación de las barreras a la inclusión laboral de las personas con discapacidad en Uruguay.

 Actividades y productos esperados 

Actividades

Productos Esperados

Plazo de entrega del producto

Propuesta de plan de trabajo que incluya cuestionario de preguntas para las entrevistas e índice del estudio.

  1. Propuesta de plan de trabajo.

15 días a partir de la firma del contrato

Elaboración del estudio que dé cuenta de las barreras a la inclusión sociolaboral que enfrentan las personas con discapacidad, con base a las investigaciones del Uruguay y a las entrevistas realizadas a las organizaciones de personas con discapacidad y empleadores y trabajadores. Asimismo, este documento debe entregar recomendaciones para la progresiva eliminación de las barreras identificadas, así como estrategias para la inclusión de las personas con discapacidad en el mundo del trabajo.

  1. Documento “Identificación de barreras para la inclusión laborar de las personas con discapacidad en Uruguay”

60 días a partir de la firma del contrato

Competencies

Remuneración y forma de pago

La consultoría se desarrollará sobre la base de suma alzada (lump-sum), y contempla todos los costos asociados al desarrollo de producto/s establecido/s.

El/la consultor/a deberá facturar como profesional universitario o como empresa unipersonal. Durante el plazo del contrato, la persona contratada no podrá ser funcionario/a público/a o mantener vínculos contractuales con organismos del Estado a excepción de la Universidad de la República.

 La persona a contratar deberá tener la ciudadanía uruguaya (natural o legal), o en caso de ser extranjero/a: tener la residencia legal y domicilio constituido y ánimo de permanecer en el territorio de la República Oriental del Uruguay durante todo el tiempo que las tareas implicadas en el contrato lo requieran.

 Los pagos serán realizados según el siguiente esquema de desembolsos en un período máximo de 15 días hábiles, luego de la presentación de producto/s previamente aceptados en conformidad y validados por ONU Mujeres y la OIT.

Pagos

Condición

Primer pago:

30% del total contratado, a la entrega y satisfacción del producto No.1.

Segundo pago:

70% del total contratado, a la entrega y satisfacción del producto No.2.

 El contrato SSA determina la inclusión de todos los costos (todo incluido); la Organización no asumirá costos o beneficios adicionales a los honorarios por servicios.  Por lo tanto, es responsabilidad del consultor/a contar con seguro médico por el periodo del contrato y se recomienda que incluya cobertura médica para enfermedades relacionadas a COVID-19.  La cobertura médica deberá ser internacional en los casos que el contrato requiera misiones o asignaciones internacionales.

 De ser seleccionado/a para esta vacante, se requerirá presentar prueba de cobertura médica dentro de los dos primeros meses de contrato.

 Valores, competencias y principios rectores de la Organización

Valores fundamentales:

  • Integridad
  • Profesionalismo
  • Sensibilidad cultural y diversidad de valores

Competencias principales:

  • Conciencia y sensibilidad con respecto a las cuestiones de género;
  • Responsabilidad;
  • Solución creativa de problemas;
  • Comunicación efectiva;
  • Colaboración inclusiva;
  • Participación de los interesados;
  • Predicar con el ejemplo.

Competencias funcionales:

  • Optimas capacidades de redacción en español e inglés;
  • Alta capacidad de trabajo en equipo;
  • Excelentes capacidades comunicativas;
  • Compromiso con la temática;
  • Capacidad de pensamiento innovador;
  • Valores éticos e integridad profesional;
  • Correcta elaboración de productos de conocimiento;
  • Respeto por la diversidad;
  • Perspectiva de género.

Required Skills and Experience

Requisitos

 ·         Profesional Universitario

·     Conocimiento en la temática de la discapacidad y en el enfoque de derechos humanos.

  • Mínimo de tres años de experiencia laboral relevante en el área de inclusión laboral y/o políticas de empleo/formación profesional/trabajo decente.
  • Se valorará:
    • Conocimiento en el área temática de inclusión laboral de las personas con discapacidad y en las áreas de intervención del proyecto: género y discapacidad.
    • Experiencia en el trabajo con Organizaciones de empleadores y trabajadores.
    • Experiencia en trabajos vinculados a la temática de investigación, análisis de información y narración de informes para su publicación.

Documentos a ser presentada para la postulación

  • Carta de postulación indicando su interés y motivación, así como disponibilidad
  • Curriculum vitae
  • UN Women Personal History Form (P11), que se puede encontrar en el link: http://www.unwomen.org/es/about-us/employment
  • Identificación personal (cédula o pasaporte)

 

Derechos Intelectuales, Patentes y Otros Derechos de Propiedad

El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por ONU Mujeres a el/la consultor/a para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente contrato deberá permanecer con ONU Mujeres y dicho equipamiento deberá devolverse a ONU Mujeres al finalizar el presente contrato o cuando ya no sea necesario para el/la consultor/a.  Dicho equipamiento, al momento de devolverlo a ONU Mujeres, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado a el/la consultor/a, sujeto al deterioro normal.  El/la consultor/a será responsable de compensar a ONU Mujeres por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo.

ONU Mujeres tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derecho de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el consultor haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución de la presente consultoría, y el/la consultor/a reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación de ONU Mujeres. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad de el/la consultor/a: i) que existían previamente al desempeño del/la consultor/a de sus obligaciones en virtud del presente contrato, o ii) que el/la consultor/a pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente contrato, ONU Mujeres no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el/la consultor/a concederá a ONU Mujeres una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente contrato.