Historique

I.Contexto de la Organización

La entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las mujeres, ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo, por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres lidera y coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo.  Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados Miembro, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.

Las seis áreas de prioridad son:

  1. Expandir las voces, el liderazgo y la participación de las mujeres.
  2. Eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas.
  3. Fortalecer la implementación de la agenda de paz y de seguridad de las mujeres.
  4. Aumentar la autonomía económica de las mujeres.
  5. Hacer que las prioridades en materia de igualdad de género sean esenciales en los planes, presupuestos y estadísticas nacionales, locales y sectoriales.
  6. Implementar normas, políticas y parámetros mundiales sobre la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, sentando bases para la adopción de medidas por parte de los gobiernos y de otros interesados a todos los niveles.

Dos acuerdos internacionales forman la base de la labor de ONU MUJERES: la Plataforma de Acción de Beijing, resultante de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en 1995, y la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, considerada como la Declaración fundamental de los Derechos de la Mujer. El espíritu de estos acuerdos quedó reafirmado en la Declaración del Milenio y en los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio establecidos para el 2015. Las resoluciones del Consejo de Seguridad, 1325 (2000) sobre la mujer, la paz y la seguridad, y 1820 (2008) sobre la violencia sexual en conflictos, también son referentes fundamentales para la labor de ONU MUJERES en apoyo a las mujeres en situaciones de conflicto y posteriores al conflicto.

II.Antecedentes

La violencia contra las mujeres y las niñas (VCMN) es una violación de derechos humanos, que tiene sus raíces en la discriminación de género y en los estereotipos de género que la perpetúan, en relaciones inequitativas de poder, en la impunidad, así como en prácticas culturales y normas sociales arraigadas en las sociedades que la justifican.

La alta prevalencia de la VCMN, incluyendo la violencia sexual, tiene serias repercusiones en la vida de las mujeres y niñas, tanto a corto como a largo plazo, así como sobre sus familias y comunidades.  La misma está llevando, de manera acelerada, al fenómeno de los femicidios, la más grave expresión de la violencia contra mujeres y niñas.

Tal como lo ha enfatizado la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, “los homicidios de mujeres relacionados con el género no son incidentes aislados que surgen repentina e inesperadamente, sino que representan la etapa final de la violencia después de un ignorado continuum de violencia”.

La VCMN y los femicidios, ejercidos de forma continua y dentro de un marco de ‘normalización cultural’ e ‘impunidad’, requieren de intervenciones urgentes que aborden sus distintas causas. Sólo acciones decididas, articuladas y sostenidas, entre todos los actores, - Estado, Organizaciones de Mujeres y de la Sociedad Civil, Universidades e Iglesias y medios de comunicación en sus distintas modalidades - podrán poner un alto a la violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas e impactar el gravísimo fenómeno del femicidio. Para ello es fundamental imprimirle a la respuesta un sentido de urgencia, con el fin de contribuir a su celeridad e incidir en sus causas estructurales, subyacentes y riesgos inmediatos, incluyendo las normas sociales discriminatorias, actitudes y comportamientos que la justifican.

Se entiende por femicidio, el asesinato de una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de ser mujer.  Según cifras del Instituto Universitario en Democracia, Paz y Seguridad (IUDPAS), en Honduras se estima que entre los años 2005 y 2017 ocurrieron más de 5000 femicidios, alcanzado una tasa del 8.6 por cada cien mil habitantes mujeres (pccmhm). Es decir que en promedio se presentaron 32 víctimas por mes y cada 22 horas con 30 minutos una mujer perdió la vida por esta causa.

Según el Observatorio de Igualdad de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), “Honduras es el país de la región con el mayor número total de feminicidios (531 en 2014), alcanzando una tasa de 13.3 feminicidios por cada 100.000 mujeres. Seguido por El Salvador con una tasa de 5,7 y República Dominicana con una tasa de 3,6. En términos de números absolutos, Argentina y Guatemala se ubican en segundo y tercer lugar, con más de 200 feminicidios cada uno en 2014”.

Honduras cuenta con una normativa en materia de VCMN que se refleja en leyes, políticas públicas, planes, estrategias, normas y protocolos; así como en manuales y guías, que le otorgan un marco regulador inicial para atender la problemática a nivel nacional, en el marco de las referencias internacionales.  A partir de la década de los 90, se ha hecho un esfuerzo por adaptar la legislación local a los instrumentos internacionales como la CEDAW y la Convención Belem do Pará.

Hitos importantes en esta consolidación del marco normativo los representan la Ley contra la Violencia Doméstica (1997), sus reformas (2005, 2013) y su protocolo de aplicación; las reformas del Código Penal con miras a tipificar la violencia intrafamiliar (1996), aumentar la penalización a los delitos sexuales y tipificar tipos de violencia que afectan de manera desproporcionada o exclusiva a las mujeres, niñas, adolescentes y jóvenes como el tráfico y la trata de personas, la explotación sexual comercial, el femicidio; la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (2000), el Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades (2000-2007), el Primer y Segundo Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres (2006-2010 y 2014-2022, respectivamente), el I y II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras (I PIEGH  y II PIEGH 2010-2022, respectivamente), con ejes específicos para el abordaje de la violencia hacia las mujeres.

Recientemente se encuentra en aprobación un nuevo código penal, y se está gestionando la aprobación de una ley integral contra las violencias hacia las mujeres. Por otra parte, el país no ha ratificado el protocolo facultativo de la CEDAW, pese a las recomendaciones realizadas en varias ocasiones por diferentes Estados en el marco de instrumentos de derechos humanos a nivel internacional como el Examen Periódico Universal o el Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, y las diversas acciones de incidencia del movimiento de mujeres y feminista.

III.La Iniciativa Spotlight

Para dar respuesta a este propósito, la iniciativa Interagencial Spotlight ha sido estructurada para implementarse a través de seis (6) pilares:

  1. Marcos normativos y de políticas.
  2. Fortalecimiento Institucional.
  3. Prevención enfocada en el cambio de normas sociales y de comportamientos.
  4. Servicios de calidad y con enfoque de prevención y resiliencia.
  5. Gestión de datos e información para orientar las políticas y programas enfocados en VCMN y femicidios.
  6. Apoyo al movimiento de mujeres y organizaciones de sociedad civil.

A nivel nacional, a partir de las prioridades y elementos catalíticos identificados en cada pilar o área de trabajo, el programa pretende alcanzar algunos resultados emblemáticos, basados en evidencia, que encaminen el tránsito hacia un abordaje no sólo integral y multidimensional de la VCMN y femicidios, sino también mayormente preventivo y predictivo que reduzca vulnerabilidades, especialmente entre aquellos colectivos/personas que están expuestas a mayores riesgos o a formas específicas de violencia por sus múltiples identidades o condiciones.

Bajo este concepto, la abogacía y la focalización en cambios catalíticos en los marcos normativos e institucionales y en los modelos de provisión de servicios y en el enmarque comunicacional y abordaje cultural de la VCMN serán vitales para conseguir “impacto nacional”.

Si los marcos normativos no amparan adecuadamente los derechos de todas las mujeres y las niñas que están expuestas a distintas formas de violencia y discriminación (incluyendo sus nuevas expresiones) y si las instituciones no tienen capacidades, abordajes y  herramientas  adecuados para atender las necesidades diferenciadas de mujeres y niñas con características específicas, -incluyendo indígenas y afro-hondureñas, quienes tienen alguna forma de discapacidad, desplazadas/retornadas, desaparecidas, aquellas que viven en territorios controlados por las pandillas, las víctimas de trata, víctimas de violencia cibernética, las defensoras de derechos humanos, los colectivos LGTBI, etc., el Estado no estará en capacidad de enfrentar eficazmente el fenómeno y de reducir el número de mujeres y niñas que sufren múltiples formas de violencia o que son asesinadas.

Asimismo, si la sociedad, comenzando por líderes de opinión, profesionales de la educación y referentes culturales, no empieza a modificar las normas, actitudes y prácticas discriminatorias con base en género y aquellas que normalizan la violencia, no se generarán las condiciones para que las mujeres y las niñas hondureñas vivan una vida libre de violencia y desarrollen plenamente su potencial individual y social, contribuyendo de este modo al desarrollo humano sostenible del país en su conjunto. Por lo anterior, el rol de la sociedad civil y la ciudadanía es tan importante como el rol del Estado para lograr el cambio esperado.

A nivel territorial, el programa aspira a conseguir importantes resultados en los Municipios priorizados: Distrito Central, San Pedro, La Ceiba, Choloma e Intibucá, los cuales se visualizan como espacios donde se van a poder evidenciar los cambios, y contar con escenarios de aprendizaje colectivo donde demostrar el potencial de trasformación y la eficacia de este modelo innovador de intervención. La idea es consolidar insumos y recomendaciones útiles para la toma de decisiones sobre políticas y el impulso para nuevas normas, en vista de una consolidación y escalamiento de las innovaciones y del modelo integral aplicado en una segunda fase.

Partiendo de las experiencias y redes de actores (institucionales y sociales) preexistentes a nivel municipal, Spotlight priorizará: i) el trabajo comunitario; ii) en el entorno educativo y familiar, iii) con los líderes y generadores de opinión; iv) la integración de los servicios esenciales. En esta labor velará por la centralidad y el protagonismo de las mujeres, de los/as adolescentes y los/as niños/as, la promoción de un enfoque de resiliencia e inclusión, poniendo énfasis en los grupos más expuestos a vulnerabilidades y marginalización.

JUSTIFICACIÓN

Ante la dimensión multicausal que conforma a la Violencia contra las niñas y las mujeres, sólo acciones decididas, articuladas y sostenidas, entre todos los actores, - Estado, Organizaciones de Mujeres y de la Sociedad Civil, Universidades e Iglesias, y medios de comunicación en sus distintas modalidades- podrán poner un alto a la violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas e impactar el gravísimo fenómeno del femicidio.

Un elemento fundamental y estructural en la prevención y atención de femicidios y violencia contra las niñas y mujeres es contar con un marco normativo en materia de VCMN basados en evidencia, capaz de garantizar los derechos de las mujeres y las niñas.

Honduras cuenta con una normativa en materia de VCMN que se refleja en leyes, políticas públicas, planes, estrategias, normas y protocolos; así como en manuales y guías, que le otorgan un marco regulador inicial para atender la problemática a nivel nacional, en el marco de las referencias internacionales. Se ha hecho un esfuerzo por adaptar la legislación local a los instrumentos internacionales como la CEDAW y la Convención Belem do Pará.

Hitos importantes en esta consolidación del marco normativo los representan la Ley contra la Violencia Doméstica (1997), sus reformas (2005, 2013) y su protocolo de aplicación; las reformas del Código Penal con miras a tipificar la violencia intrafamiliar (1996), aumentar la penalización a los delitos sexuales y tipificar tipos de violencia que afectan de manera desproporcionada o exclusiva a las mujeres, niñas, adolescentes y jóvenes, como el tráfico y la trata de personas, la explotación sexual comercial, el femicidio; la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (2000), el Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades (2000-2007), el Primer y Segundo Plan Nacional contra la Violencia hacia las Mujeres (2006-2010 y 2014-2022, respectivamente), el I y II Plan de Igualdad y Equidad de Género de Honduras (I PIEGH  y II PIEGH 2010-2022, respectivamente), con ejes específicos para el abordaje de la violencia hacia las mujeres.

Además, recientemente, estaba programada la entrada en vigencia del Nuevo Código penal en Honduras para junio de 2020, tras varias extensiones de la vacatio legis11, el cual ha sido múltiples veces señalado por las organizaciones de mujeres y de la sociedad civil por presentar “retrocesos y avances en materia de derechos humanos, particularmente en relación a la situación de las mujeres en Honduras” (CDM, 2020). Así como el proceso de creación participativa de la propuesta de Ley Integral de violencias contra las mujeres (LI-VCM), construida por diversas organizaciones de mujeres y feministas que fue entregado a la ministra del INAM el pasado 26 de noviembre de 201912, con el compromiso de seguir enriqueciéndola durante la etapa previa a la entrega al Congreso Nacional por parte del INAM.

No obstante, para su adecuada implementación y su funcionamiento efectivo, es necesario lograr coherencia y unidad entre las políticas públicas en materia de equidad ciudadana y las políticas vigentes para la prevención, atención y sanción de la violencia contra las mujeres; y articular estrategias coherentes y coordinadas que tengan en cuenta la interseccionalidad de las violencias múltiples que sufren las mujeres con otros factores o condicionantes como la edad, clase social, pertenencia étnica, identidad de género, discapacidad, lugar de residencia, etc.

El papel de las organizaciones de mujeres y feministas ha sido y es clave en la creación y diseño de borradores de legislación y normativas que abogen por el respeto de los derechos fundamentales de las mujeres y las obligaciones de Honduras, siguiendo los estándares internacionales anteriormente mencionados.  En los últimos años, más de 100 organizaciones y redes de mujeres en Honduras iniciaron un proceso participativo y consultivo, a niveles tanto local como nacional, para identificar y visibilizar los diferentes tipos y ámbitos de violencia que sufren las mujeres y las niñas por razón de género. Tras este proceso, se generó un documento borrador con una propuesta de Ley Integral de Violencias contra las Mujeres. 13

De acuerdo a los resultados de la Iniciativa Spotlight y bajo el marco del Pilar 1, se propone trabajar en la revisión de los marcos jurídicos y políticas integrales en VCMN y femicidios con la finalidad de armonizar y fortalecer dichas normativas a la luz de los estándares internacionales. En caso de requerirse, se propone la elaboración de otras políticas o propuestas legislativas que aborden la protección de las mujeres y las niñas permitiendo la visibilización de los Femicidios como máxima expresión de la violencia contra las mujeres desde una perspectiva interseccional: causas, contextos en los que ocurre, actores implicados e impactos sociales/culturales.

Para fortalecer el marco normativo y de políticas vigentes donde las organizaciones de mujeres y feministas tienen un fuerte aporte, se partirá de un análisis amplio del documento borrador de la Ley Integral de las Violencias en contra de las Mujeres construido por parte de las organizaciones de mujeres y feministas en Honduras, de manera que se puedan identificar brechas y vacíos que aún permanecen con respecto a la interseccionalidad de las violencias que experimentan mujeres y niñas que pertenecen a la población indígena y afro hondureña, colectivo LGBTQ+ y que experimentan algún tipo de discapacidad. Así como potenciando las condiciones para su implementación efectiva.

Tras este proceso de enriquecimiento de la propuesta de Ley Integral de violencia contra las mujeres, es necesario articular una estrategia de incidencia y comunicación que permita introducir en la agenda legislativa este documento, impulsado por el Instituto Municipal de la Mujer en coordinación con las organizaciones de mujeres y feministas.

 

Devoirs et responsabilités

Objetivo General de la Consultoría

Contribuir al fortalecimiento de las capacidades en comunicación estratégica e incidencia política de las organizaciones de mujeres que trabajan en la eliminación de la violencia contra mujeres y niñas y femicidios, incluidas aquellas que enfrentan múltiples formas de discriminación, con el objetivo de facilitar el proceso de diálogo, cooperación e incidencia ante las instituciones del Estado, junto con el INAM, con respecto a la Propuesta de Ley integral de violencia contra las mujeres (LI-VCM) de Honduras.

Objetivos específicos de la Consultoría

  1. Elaborar, de forma participativa utilizando metodologías virtuales, una estrategia de comunicación e incidencia política dentro de las organizaciones de mujeres y en conjunto con el INAM para facilitar procesos de diálogo, cooperación e incidencia ante las instituciones del Estado relativos a la introducción de la Propuesta de Ley Integral de Violencia contra las mujeres en el congreso de la República de Honduras.

Descripción de Responsabilidades

Las tareas y actividades a realizar para alcanzar los objetivos de esta consultoría son:

  1. Elaborar una propuesta técnica y metodológica, con énfasis en el uso de herramientas TICS y virtuales, que incluya plan de trabajo y cronograma de actividades detallado.
  2. Recopilar toda la información bibliográfica y documental existente sobre la elaboración del borrador de la Propuesta de Ley Integral de Violencia contra las Mujeres.
  3. Consultar los Convenios internacionales, al igual que la legislación nacional relativa a la violencia contra las mujeres, derecho a la salud y derechos sexuales y reproductivos.
  4. Realizar entrevistas y reuniones iniciales para con el equipo de ONU Mujeres Honduras responsable de la Iniciativa Spotlight, así como con el equipo interagencial de la Iniciativa Spotlight para compartir información sobre este proceso.
  5. Realizar entrevistas personalizadas con actoras/es clave del INAM y de la institucionalidad pública y de organizaciones de sociedad civil vinculados al tema.
  6. Desarrollar una guía metodológica para la construcción de una estrategia conjunta con las organizaciones de mujeres y el INAM, para fortalecer sus capacidades de comunicación estratégica e incidencia y facilitar procesos de diálogo, cooperación e incidencia ante las instituciones del Estado para la introducción de la LI-VCM en el congreso y asuntos vinculados a la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes.
  7. Organizar reuniones y talleres de trabajo virtuales para la construcción y validación de la estrategia de comunicación e incidencia con actores claves participantes en las entrevistas iniciales y con Grupo Nacional de Referencia de Sociedad Civil de la Iniciativa Spotlight.
  8. Realizar toda la operación y coordinación logística virtual para llevar a cabo el trabajo requerido para el levantamiento de información primaria y secundaria conforme se haya establecido en el protocolo del estudio.
  9. Incorporar las sugerencias de la validación y entrega de documento final sobre la estrategia de incidencia y comunicación sobre la LI-VCM en Honduras a la persona responsable del equipo técnico de ONU Mujeres para su revisión.
  10. Mantener una comunicación constante con ONU Mujeres para el seguimiento de la consultoría.

Forma de pagos

Producto 1- 0% 10 días después de la firma del contrato

Producto 2- 30%/ 30 días después de la firma del contrato

-  Documento de análisis bibliográfico y legislación nacional e internacional vigente.

-  Herramientas metodológicas para las entrevistas personalizadas de actores clave.

- Listado de actores clave participantes en los grupos focales y entrevistas.

Producto 3-35%/70 días después de la firma del contrato

-Ayuda memoria y sistematización de los resultados de los talleres consultivos realizados y lista de participantes de los talleres y entrevistas personalizadas.

-Primer borrador de estrategia de incidencia y comunicación para la introducción de Ley Integral Violencia contra las mujeres en el Congreso Nacional

Producto 4-35%/90 días después de la firma del contrato

Documento final de estrategia de incidencia y comunicación para la introducción de Ley Integral Violencia contra las mujeres en el congreso, validado y aprobado por responsable de ONU Mujeres y actores relevantes del proceso.

Supervisión

-La supervisión del desarrollo de los servicios requeridos será realizada por la persona responsable, en coordinación con el equipo técnico de la Iniciativa Spotlight en ONU Mujeres Honduras.

-El/la consultor/a no es funcionario/a de Naciones Unidas y realizará las actividades relativas a la consultoría en su propio espacio de trabajo, de acuerdo con lo acordado en el plan de trabajo.  El/la consultor/a deberá contar con el equipo técnico y la tecnología necesaria para brindar la asistencia solicitada. Durante todo el proceso, la persona contratada deberá guardar la confidencialidad sobre todos los aspectos.

-La consultoría se podrá desarrollar desde cualquier sede, ya que, debido a la crisis COVID19, todos los productos serán trabajados de manera remota y virtual. Para los productos que implican las consultas y trabajo de recolección de información, se requiere garantizar las comunicaciones virtuales y guardar registros de todos los encuentros en formato de audio, video y/o transcripciones.

-Se establecerán comunicaciones periódicas con la persona responsable del proceso en estrecha coordinación con equipo técnico de la Iniciativa Spotlight en ONU Mujeres Honduras.

-Es responsabilidad del/de la consultor/a obtener información primaria y secundaria de otras fuentes, si fuera el caso necesario.

-El consultor mantendrá permanente coordinación con la supervisión para una efectiva ejecución y desarrollo de los productos solicitados de la presente contratación.  Así como también, proveerá información según se le solicite en el marco de los términos de referencia.

-El/la consultor/a será responsable en todos los casos de contratar a su propio cargo un seguro médico que cubra el periodo del Contrato, del modo que el/la consultor/a considere oportuno. 

En este contexto, se agardece confirme que usted cuenta con un seguro médico por la duración de su contrato de consultoría. 

 

 

Compétences

Valores /Principios Rectores

  • Integridad: Demostrar la consistencia en la defensa y promoción de los valores de ONU Mujeres en acciones y decisiones, de acuerdo con el Código de Conducta de Naciones Unidas.
  • Profesionalismo: Demostrar competencia profesional y experiencia en el conocimiento de sus áreas sustantivas de trabajo.
  • Sensibilidad cultural y diversidad de valores: Demostrar reconocimiento de la naturaleza multicultural de la organización y la diversidad de su personal; demuestra perspectiva internacional, aprecio por la diferencia en valores y aprendizaje de la diversidad cultural.

CORPORATIVAS

  • Muestra integridad al apegarse a los valores y a los estándares éticos de las Naciones Unidas.
  • Muestra compromiso hacia la misión, visión y valores de ONU Mujeres
  • Muestra sensibilidad cultural y valor por la diversidad y trabajo en organizaciones multiculturales

FUNCIONALES

  • Alta habilidad para realizar diversas y múltiples tareas.
  • Habilidad para trabajar con equipos multidisciplinarios.
  • Alta orientación al servicio hacia clientes y socias externas e internas.
  • Habilidad para procesar información, identificar y ajustar discrepancias.
  • Habilidad para manejo de trabajo bajo presión.
  • Habilidad para planificar, organizar y establecer prioridades.

 

Qualifications et expériences requises

Formación Académica

 Grado Universitario en carreras de Ciencias Jurídicas o Sociales.

Experiencia

  • Contar con experiencia en el desarrollo de, al menos, 5 estrategias de incidencia y comunicación enfocados en materia de violencia contra las mujeres y las niñas y poblaciones en situación de vulnerabilidad de derechos.
  • Al menos tres estudios realizados en diagnósticos y análisis cuanti-cualitativos de investigación, además de contar con conocimiento y experiencia sólida en el análisis de género.
  • Experiencia de trabajo en los municipios y en el territorio nacional de Honduras.
  • Conocimiento y/o experiencia de trabajo con el movimiento feminista en Honduras y de la institucionalidad involucrada en el INAM.
  • Experiencia de trabajo en Honduras en el área de violencia hacia las mujeres y niñas y grupos en situación de vulnerabilidad de derechos.
  • Experticia comprobada en materia de legislación relacionada con violencia contra las mujeres en Honduras.  

Otros requerimientos

  • Disponibilidad inmediata
  • Dominio del idioma español, es requerido.
  • La aplicación a este puesto debe incluir cuatro documentos en un solo archivo PDF:
  1. Carta de presentación, en la que la/el candidato/o indica su interés, competencias y motivaciones para el cargo al que postula. (Máximo una página tipo carta, tamaño de texto 12).
  2. Currículum Vitae con copia de títulos académicos obtenidos.
  3. Propuesta firmada para el desarrollo de la Consultoría, con validez de 60 días