Background

ONU Mujeres es la organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. Como defensora mundial de mujeres y niñas, ONU Mujeres fue establecida para acelerar el progreso que conllevará a mejorar las condiciones de vida de las mujeres y para responder a las necesidades que enfrentan en el mundo.

ONU Mujeres apoya a los Estados Miembros de las Naciones Unidas en el establecimiento de normas internacionales para lograr la igualdad de género y trabaja con los gobiernos y la sociedad civil en la creación de leyes, políticas, programas y servicios necesarios para garantizar que se implementen los estándares con eficacia y que redunden en verdadero beneficio de las mujeres y las niñas en todo el mundo. Trabaja mundialmente para que los Objetivos de Desarrollo Sostenible sean una realidad para las mujeres y las niñas, y promueve la participación de las mujeres en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la vida.  La Entidad se centra en cinco áreas prioritarias:

  1. Aumentar el liderazgo y la participación de las mujeres;
  2. Poner fin a la violencia contra las mujeres;
  3. Implicar a las mujeres en todos los aspectos de los procesos de paz y seguridad;
  4. Mejorar el empoderamiento económico de las mujeres;
  5. Hacer de la igualdad de género un aspecto central en la planificación y la elaboración de presupuestos nacionales para el desarrollo.

Asimismo, ONU Mujeres coordina y promueve el trabajo del sistema de las Naciones Unidas en pos de la igualdad de género y en todos los debates y acuerdos relativos a la Agenda 2030. La Entidad trabaja para lograr un mundo más inclusivo con la igualdad de género como elemento fundamental de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

Situación de la Población Indígena en Guatemala

El 60% de la población en Guatemala es Indígena Maya, Xinca y Garífuna, del total de departamentos 12 tienen un porcentaje de entre 50% y 100% de población indígena, únicamente 10 departamentos tienen una población indígena menor del 25%. De las 22 comunidades sociolingüísticas las/os K'iche´ (28%), Q´eqchi´(19,3%), Kaqchikel (18,9%) y Mam (14%) son las más numerosas. En Guatemala casi la mitad de la población es joven, cerca de 6.7 millones, son niños, niñas, y adolescentes menores de 18 años. El 46% son mujeres y el 54% hombres.[1]  Las condiciones estructurales, históricas y sociales en la que se configura el Estado guatemalteco no permiten que los derechos humanos para esta población sean efectivos en todas sus dimensiones.

 

Acceso a la Justicia para pueblos Indígenas en Guatemala

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH- en el informe de país 2017, reconoce que los pueblos indígenas en Guatemala enfrentan los más altos índices de exclusión social.  Esta exclusión se observa en diversas esferas, incluyendo la falta de acceso a la justicia y la persistencia de las barreras lingüísticas, geográficas, económicas y culturales para lograr dicho acceso. En cuanto a la cobertura del sistema de justicia, resulta inaccesible sobre todo para personas que viven en comunidades retiradas de las cabeceras municipales y departamentales en las que se concentran los servicios de justicia ordinaria. Según el informe de la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, indica que solo alrededor del 10% de personas indígenas tendría acceso adecuado y efectivo a la justicia. Estas barreras culturales, geográficas, económicas y lingüísticas aun no superadas reflejan una falla estructural en el sistema de justicia y el Estado de Guatemala. Además, son múltiples obstáculos para el acceso a las mujeres indígenas a la justicia, especialmente a nivel local, debido a la presencia de estereotipos y la discriminación contra mujeres indígenas en el sistema judicial, que contribuyen a la perpetuación de los niveles de violencia y exclusión de las mujeres y niñez indígenas en el acceso a la justicia.

No obstante, lo anterior es importante destacar avances importantes orientados a garantizar el acceso a la justicia a pueblos, mujeres y niñez indígena tales como:

  • La creación e institucionalización de la Secretaría de Pueblos Indígenas en el Organismo Judicial, la elaboración de la Política del Organismo Judicial para el Acceso a la Justicia a Pueblos Indígenas; impulso de procesos de capacitación a funcionarias/os del Organismo Judicial sobre derechos humanos de  pueblos indígenas desde la doctrina, jurisprudencia y estándares internacionales de derechos humanos nacionales e internacionalmente reconocidos y ratificados por el Estado de Guatemala.
  • La elaboración del Manual de Acceso a la Justicia Penal con Pertinencia Cultural, la aprobación del Protocolo  de Atención a Mujeres Indígenas para el Acceso a la Justicia; el contar con al menos 106 Interpretes a nivel Nacional; compilación de buenas prácticas en cuanto a sentencias relacionadas con discriminación, violencia contra la mujer y  documento mártir sobre jurisdicción indígena.
  • Los diálogos y encuentros  a nivel local y nacional entre el Sistema de Justicia Indígena y el Sistema de Justicia Ordinario, abordando temáticas y problemáticas vinculadas al acceso a la Justicia para las mujeres indígenas víctimas de violencia; el abordaje de casos resueltos en jurisdicción indígena y jurisdicción ordinaria como aportes concretos al proceso de respeto y garantía de los derechos humanos de los pueblos y las mujeres indígenas en Guatemala.
  • El fortalecimiento de la organización y estructura de las autoridades indígenas como medios de cohesión y orden social a partir de la administración y resolución de conflictos en la comunidad.
  • La incorporación paulatina del enfoque de género como un eje de trabajo de la SPI/OJ así como el abordaje del entrecruce entre las violaciones de los derechos individuales y colectivos, y la perspectiva integral e interseccional que implica analizar las distintas perspectivas de cómo las mujeres indígenas experimentan continuum de violencia a lo largo de su vida.

 

Acceso de las mujeres indígenas a la justicia

Las mujeres indígenas se enfrentan con barreras considerables para tener acceso a la justicia, tanto al interior de los sistemas indígenas como en la jurisdicción ordinaria. Ya que al judicializar sus demandas con frecuencia se enfrentan a grandes barreras, como el idioma, la distancia entre las comunidades y el Juzgado más cercano, la lejanía de todo el sistema administrativo, el control masculino sobre su vida y su cuerpo, que dicho de otra forma no es más que la manifestación de las condiciones de triple discriminación: debido a su género, etnicidad y marginación socioeconómica.

Aunque las barreras que enfrentan frecuentemente responden, en gran medida, al contexto específico, se puede identificar una serie de factores en común que limitan su acceso a la justicia. Las mujeres indígenas se encuentran entre los sectores más pobres y vulnerables de la sociedad Latinoamericana. Tienen una carga laboral triple, ya que se hacen cargo del trabajo reproductivo, doméstico y productivo y, en común con la mayor parte de las mujeres no indígenas, se concentran en formas de empleo inestables, de poco estatus y de bajos ingresos. La pobreza afecta a los hogares indígenas de manera desproporcionada y, dentro de estos hogares, afecta de manera desproporcionada a las mujeres indígenas y a los niños.[2]

Guatemala sigue afectada por la desigualdad y la discriminación estructurales. El país tiene un coeficiente de Gini de 0,63 (uno de los peores del mundo) y alrededor del 60% de su población sigue viviendo en la pobreza (el porcentaje llega al 76,1% en las zonas rurales, al 79,2% entre los pueblos indígenas y al 69,2% entre los niños y niñas menores de 15 años). Aproximadamente el 46,5% de los niños y niñas menores de 5 años (el 61,2% en el caso de los niños y niñas indígenas) sufre desnutrición crónica. El índice de desarrollo humano de las mujeres es inferior al de los hombres. Los esfuerzos del Gobierno para hacer frente a esta situación se han visto obstaculizados parcialmente por la corrupción. El Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales –ICEFI- estima que el 20% del presupuesto nacional para 2015 fue vulnerable a la corrupción, lo que a su vez repercutió en el disfrute de los derechos humanos.[3] Estos patrones de exclusión y desigualdad étnicas tienen un correlato de género. Las mujeres indígenas tienen menos educación y tienen menos probabilidades de terminar sus estudios que los hombres, ganan menos, y acumulan menos propiedades a lo largo de sus vidas que los hombres. También tienen mayores probabilidades de ser jefas de hogar –solas-, responsables del cuidado de niños y adultos mayores. En 1989, un sorprendente 82% de mujeres indígenas guatemaltecas, era analfabeta. Para el año 2000, esta cifra era de 62%, pero las mujeres indígenas aún tenían rezagos considerables respecto de sus contrapartes no indígenas: las tasas generales de analfabetismo femenino eran del 39% (Banco Mundial 2003). Las mujeres indígenas no sólo sufren de manera desproporcionada el analfabetismo, sino que también son más monolingües que los hombres indígenas.[4]

Parafraseando a Rachel Sieder y Maria Teresa Sierra en su obra Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en América Latina[5]…sostienen que el acceso de las mujeres indígenas a la justicia puede mejorarse por medio de instituciones comprometidas contra de la desigualdad, la pobreza, el racismo y la discriminación.  Las mujeres enfrentan barreras para lograr acceso a la justicia en todo el mundo, pero existen retos particulares para las mujeres indígenas, quienes enfrentan una triple discriminación sobre la base de su etnicidad, su género y su clase, como ya se mencionó. Las mujeres indígenas en Guatemala, cuando buscan resarcimiento, justicia y garantía de cumplimiento de sus derechos humanos enfrentan diversas barreras de acceso a la justicia y al pleno ejercicio de sus derechos en los sistemas de justicia estatales y no-estatales, al tiempo que se ponen de relieve los esfuerzos de las indígenas para hacer cumplir sus derechos y hacer frente a la discriminación de género en una gama de situaciones.  El reconocimiento formal de sistemas legales no-estatales es un fenómeno relativamente reciente en América Latina, pero, sobre pluralidad legal y las probabilidades de que las mujeres indígenas adquieran mayor acceso a la justicia, es un asunto insipientemente abordado en Guatemala.

La agencia de las Naciones Unidas ONU Mujeres, basándose en la visión de igualdad consagrada en la Carta de las Naciones Unidas, trabaja para eliminar la discriminación en contra de las mujeres y las niñas; por el empoderamiento de las mujeres, y para lograr la igualdad entre mujeres y hombres como socios y beneficiarios del desarrollo; así como por los derechos humanos, en las acciones humanitarias, y en la paz y seguridad. Al colocar los derechos de las mujeres como el eje central de su labor, ONU Mujeres coordina los esfuerzos del Sistema de las Naciones Unidas para asegurar que los compromisos de igualdad y transversalidad de género se traduzcan en acciones en todo el mundo. Al mismo tiempo, ejerce un liderazgo sustantivo y coherente para apoyar las prioridades y los esfuerzos de los Estados miembros, construyendo una asociación eficaz con el gobierno, la sociedad civil, así como con otros actores relevantes.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ha guiado el trabajo de ONU Mujeres relacionado con la paz y la seguridad.  La programación de ONU Mujeres en el área prioritaria de Mujeres, Paz y Seguridad se focaliza en cuatro áreas temáticas, a saber, la construcción de la paz; la seguridad y la justicia; la violencia sexual y por motivos de género, y la planificación humanitaria y postconflicto.  Desde este marco, ONU Mujeres apoya acciones y proyectos orientados a incrementar y fortalecer los liderazgos y la participación de las mujeres en la toma de decisiones, la construcción de la paz y el estado de derecho; a promover el desarrollo de políticas públicas desde una perspectiva de género y con la participación de las mujeres; a fortalecer la protección de las mujeres afectadas por el conflicto y abordar la violencia sexual relacionada; la rendición de cuentas y el avance de la situación de las mujeres en situaciones de postconflicto. Esto incluye entre otras acciones:

  • Fortalecer el liderazgo de las mujeres en la construcción de la paz y el estado de derecho y su acceso a la justicia desde el reconocimiento del continuo de la violencia en contra de las mujeres.
  • El fortalecimiento de los sistemas de seguridad y de administración de justicia para la defensa y protección eficaz de los derechos de las mujeres.
  • El fortalecimiento del enfoque de género en la acción humanitaria apoyada por el SNU, el liderazgo y la participación de las mujeres.

 

Antecedentes

La Secretaria de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial, tiene como parte de su política promover el reconocimiento y fortalecimiento del derecho indígena, a partir del pluralismo jurídico como una realidad existente. Para el efecto es necesario el análisis de sentencias paradigmáticas recientes en Guatemala, para identificar cómo asumen, valoran, interpretan la realidad diversa y multicultural del contexto social en que ocurren los hechos sometidos a su conocimiento y solución, e identificar cómo los jueces aplican la doctrina, jurisprudencia y estándares internacionales de Derechos Humanos, y cómo perciben a las autoridades indígenas como elemento importante de la cohesión y mantenimiento de la paz social en las comunidades indígenas.

En este sentido se estará analizando sentencias[6] desde un enfoque jurídico antropológico con perspectiva de igualdad de género, a partir de la doctrina, jurisprudencia, legislación nacional, y tratados en materia de Derechos Humanos culturalmente diferenciados de Pueblos Indígenas, y de los derechos humanos de las mujeres, así como los elementos básicos y los razonamientos argumentados por el juzgador, que definen doctrina judicial en las sentencias de los jueces constitucionales.

Es fundamental para el análisis de dichos casos, establecer cómo las estrategias de litigio de la defensa, de la acusación, y cómo la deliberación jurídica se materializa en las sentencias analizadas, así como establecer el desarrollo y garantía de los derechos de los pueblos indígenas individuales y colectivos, en el proceso penal, como parte de sus principios de convivencia.

Así mismo, es fundamental determinar cómo la resolución judicial incorpora principios, define tendencias y establece compromisos para articular el sistema ordinario y el sistema de justicia propio de los pueblos indígenas en materia de derechos humanos culturalmente diferenciados, considerando que en la normativa nacional e internacional los derechos humanos de los pueblos indígenas se encuentran ampliamente regulados, así como los derechos de las mujeres  de acceder  a la justicia y a vivir libres de violencia y para analizar cómo se aplica en la jurisprudencia nacional el control constitucional y el control de convencionalidad.

Finalmente, a partir de los resultados obtenidos en el estudio, se pretende orientar el proceso de formación de los jueces y otros operadores de justicia para aportar en la construcción y definición de conceptos, elementos, contenidos, enfoques y orientar el análisis de casos y procedimientos.

 

[1] Informe de País año 2017, Guatemala.  Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Situación de los Derechos Humanos en Guatemala. Capítulo 3, Diversidad, Discriminación, Desigualdad y Exclusión de los Pueblos Indígenas, pág.39.

[2] Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en América Latina. Rachel Siedery María Teresa Sierra. CMI WORKING PAPER.WP  2011: 2 pagina 11.

[3] Informe Anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las actividades de su oficina en Guatemala 2017. página 4.

[4] Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en América Latina. Rachel Sieder y María Teresa Sierra. CMI WORKING PAPER.WP  2011: 2 paginas 11 y 12.

[5] Acceso a la justicia para las mujeres indígenas en América Latina. Rachel Sieder y María Teresa Sierra. CMI WORKING PAPER.WP  2011: 2

[6] Caso Sepur Zarco, Sentencia C-01076-2012-00021

Caso Comitancillo, Corte de Constitucionalidad, Expediente 1467-2014

Diferentes casos donde aparece involucrado Don Rigoberto Juarez Mateo y otros líderes comunitarios del norte de Huehuetenango (señalados de detenciones ilegales; instigación a delinquir, obstaculización a la acción penal y amenazas)

Caso del lider Abelino Chub Caal, absuelto por el Tribunal de Mayor Riesgo A. Sentencia C-18002-2016-00328, Of.3º - 1

Duties and Responsibilities

Objetivos de la Consultoría

General:

Analizar comparativamente los fallos en materia de Derechos Humanos de los pueblos y de mujeres indígenas dictados por los Tribunales y las Corte de Constitucionalidad, de Casación y de Apelaciones  de Guatemala, con los de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Constitucional de Colombia, para orientar procesos de coordinación con autoridades indígenas, de formación de equipos técnicos y operadores de justicia y, para mejorar la creación e implementación de manuales, procedimientos y guías jurídicas de trabajo.

 

Específicos:

  • Analizar sentencias desde un enfoque jurídico antropológico y de igualdad de género, a partir de la doctrina, jurisprudencia y tratados internacionales en materia de Derechos Humanos de los pueblos indígenas y sobre los derechos de las mujeres, los razonamientos y argumentos de los jueces nacionales e internacionales, que definen tendencias en la progresividad de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas y las mujeres.
  • Establecer cómo las estrategias de acompañamiento, litigio y deliberación jurídica expresada en las sentencias analizadas desarrollan y garantizan los derechos de los pueblos indígenas individuales y colectivos, particularmente de mujeres indígenas en el proceso penal y de familia.
  • Determinar cómo la jurisprudencia define tendencias y compromisos para articular el sistema ordinario y el sistema de justicia propio de los pueblos indígenas en materia de derechos humanos culturalmente diferenciados, para mejorar la coordinación entre ambos sistemas de justicia y garantizar el acceso de las mujeres indígenas a la justicia.
  • Contribuir a definir conceptos, elementos, contenidos, enfoques y orientar el análisis de casos y procedimientos para proporcionar a jueces, fiscales y abogados defensores públicos, para la tramitación de casos sometidos al sistema de justicia ordinaria con pertinencia cultural y perspectiva de igualdad de género.
  • Contribuir a la aplicación del control constitucional y el control de convencionalidad en la jurisprudencia.

 

Responsabilidades y Actividades Claves:

Las actividades claves que deberá desarrollar el/la consultor/a son:

  • Elaboración de Plan de trabajo que contenga metodología y cronograma de la consultoría.
  • Elaboración de instrumentos y herramientas para recabar información de sentencias dictadas con pertinencia cultural.
    • Sentencias de Tribunales y Cortes de Guatemala.
    • Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
    • Sentencias del Tribunal Constitucional de Colombia.
  • Realizar reuniones, eventos, visitas, entrevistas u otras actividades identificadas en el plan de trabajo para recabar información requerida para la consultoría.
  • Coordinación con personal de la Secretaria de Pueblos Indígenas durante la ejecución de la consultoría, solicitando, cuando sea pertinente, la asignación de un intérprete en el idioma materno que se requiera.
  • Presentación de informe de avance y final en versión impresa y electrónica de la consultoría a la Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial, así como los anexos. Se requiere que sean adjuntados todos los documentos que dan soporte al proceso llevado a cabo.

 

 Productos esperados

  1. Plan de trabajo que contenga metodología y cronograma de la consultoría
  2. Documento que contenga análisis comparativo de al menos cuatro fallos dictados por los Tribunales y Cortes de Guatemala, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Constitucional de Colombia en materia de Derechos Humanos de los pueblos y de mujeres indígenas.
  • Propuestas para orientar procesos de formación a equipos técnicos y operadores de justicia.
  • Propuesta para avanzar la aplicación del control de constitucionalidad y convencionalidad.
  • Propuesta para la creación e implementación de manuales, procedimientos y guías jurídicas de trabajo para operadores de justicia.

       3. Versión final del análisis de los fallos de las Cortes

 

De la coordinación y ubicación

  • La supervisión y dirección del desarrollo de los servicios requeridos será realizada por la persona designada por la Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial quien solicitará información de avance de la consultoría en cuanto al plan y cronograma establecidos.
  • Los documentos generados serán revisados de acuerdo con los procedimientos internos y deberán contar con la aprobación del secretario de la Secretaría de Pueblos Indígenas y ONU Mujeres.
  • El/la consultor/a no es funcionario/as de Naciones Unidas y realizará las actividades relativas a la consultoría en su propio espacio de trabajo y equipo, de acuerdo a lo acordado en el plan de trabajo.
  • Se establecerán comunicaciones periódicas con La Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial y ONU Mujeres.
  • Cualquier gasto de viaje y movilización previsto por el/la consultor/a, se incluirá en la propuesta financiera.
  • El pago de viajes imprevistos se efectuará con antelación al viaje siguiendo el procedimiento administrativo establecido o bien se reembolsará a el/la consultor/a contra la presentación de una solicitud de reembolso de gastos de viaje (formulario F-10) que incluya todos los documentos justificativos o de respaldo que sean necesarios.

 

Forma de Pago:

Todos los productos serán entregas en versión impresa y electrónica.  Los pagos se realizarán contra la recepción, revisión y aprobación satisfactoria por parte de la Secretaría de Pueblos Indígenas y ONU Mujeres

  • Primer pago:  equivalente al 40% del valor tol de la consultoria contra entrega y aprobación de producto 1.
  • Segundo pago: equivalente al 40% del valor tol de la consultoria contra entrega y aprobación de producto 2.
  • Tercer pago: equivalente al 20% del valor tol de la consultoria contra entrega y aprobación de producto 3.

 

Consideraciones especiales:                                       

  • Entrega: la entrega de todos los productos deberá ser puntual en la fecha acordada entre ambas partes.
  • Demoras en la entrega del producto: los productos solicitados que no sean entregados en la fecha acordada ocasionarán una penalidad para no ser considerado como consultor/a para futuras contrataciones y referencias con ONU Mujeres. En caso de existir una demora deberá entregarse una justificación firmada por escrito dos semanas antes de la fecha de entrega acordada.
  • Derechos de propiedad intelectual: los derechos de propiedad de los documentos y productos entregados pertenecen exclusivamente a la Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial y ONU Mujeres, por lo cual está en total libertad de utilizarlos como consideren oportuno y en cualquier momento y espacio.  
  • Otras consideraciones: La persona contratada deberá estar dispuesto/a, previo a la entrega de los productos finales, a realizar cualquier cambio solicitado por la Secretaría de Pueblos Indígenas del Organismo Judicial y de ONU Mujeres, previa conformidad de ambas partes, y (ii) posterior a la entrega de los productos, ONU Mujeres realizará una revisión sobre la calidad y el contenido solicitado, y si el producto lo requiere, ONU Mujeres podrá solicitar un trabajo de corrección adicional sin que esto implique costo alguno.

Competencies

Perfil de la consultora/consultor

La consultoría debe ser llevada a cabo por un equipo consultor (mínimo 2 integrantes) con el siguiente perfil:

Competencias:

  • Respeto por la diversidad
  • Integridad
  • Profesionalismo
  • Conciencia y sensibilizacion respecto de los asuntos de género
  • Responsabilidad
  • Comunicación efectiva
  • Resolucion creativa de problemas
  • Colaboración abierta
  • Lider como ejemplo

Required Skills and Experience

 

Educación, grado académico o equivalente:

  • Licenciatura en ciencias jurídicas, derecho y/o carreras afines 
  • Estudios especializados en Derechos Humanos y/o Derechos de los Pueblos Indígenas

 

Experiencia laboral:

  • Experiencia de trabajo en el sector justicia.
  • Experiencia en procesos vinculados al análisis y aplicación del marco normativo de los pueblos indígenas
  • Experiencia en elaboración de informes.

 

Idiomas:

  • Español
  • Un idioma maya (deseable)

 

Habilidades.

  • Manejo de herramientas de computación en ambiente Windows, (Power point, Word y Excel)
  • Buenas relaciones interpersonales, responsable y proactivo.

 

Las personas interesadas en la consultoría y que cumplan con los requisitos antes mencionados, serán evaluados/as y seleccionados/as mediante proceso competitivo acorde a las normas de ONU Mujeres.  Únicamente se contactará a las personas pre-seleccionadas.  En caso de estar interesado/a solicitamos enviar los siguientes documentos:

  1. Carta de interés que incluya: Explicación concisa del por qué es el o la candidata/a idónea para desarrollar la consultoría, y cumplimiento de requisitos.  Indicar que acepta los términos de referencia adjuntos.
  2. P11 firmado (ambos perfiles)  (disponible en: http://www.gt.undp.org/content/guatemala/es/home/operations/jobs/)
  3. Propuesta Financiera firmada  (ambos perfiles) (disponible en https://www.dropbox.com/s/z274gmqtvga11m9/FORMATO_OFERTA_ECONOMICA_CONSULTORES.doc?dl=0 ).
  4. Copia de credenciales académicas

 

Dicha documentación deberá enviarse al correo electrónico: operations.guatemala@unwomen.org Identificar el asunto del mensaje: “Análisis jurídico antropológico”

 

Fecha límite para presentar la propuesta:  18 de junio de 2019